Recibir una denuncia o saber que existe una investigación penal en contra de una persona puede generar preocupación e incertidumbre. Sin embargo, que la Fiscalía General de la Nación tenga conocimiento de unos hechos no significa automáticamente que la persona investigada vaya a ser acusada o condenada.

En determinadas circunstancias, cuando los hechos investigados no permiten establecer objetivamente la existencia de un delito o no existen presupuestos suficientes para continuar con la actuación en los términos establecidos por la ley, puede resultar jurídicamente procedente solicitar al fiscal que estudie el archivo de investigación penal.

El archivo de las diligencias está regulado principalmente por el artículo 79 de la Ley 906 de 2004 y tiene unas características específicas que deben ser analizadas de acuerdo con las circunstancias particulares de cada caso.

¿Qué significa el archivo de una investigación penal?

El archivo de las diligencias es una decisión que puede adoptar la Fiscalía durante la etapa de indagación cuando, después de analizar los hechos conocidos, establece que no existen motivos o circunstancias fácticas que permitan caracterizarlos como un delito o indiquen su posible existencia.

El artículo 79 de la Ley 906 de 2004 establece esta posibilidad y señala, además, que si posteriormente aparecen nuevos elementos probatorios, la indagación puede reanudarse mientras no se haya extinguido la acción penal.

Por esta razón, es importante entender que el archivo no equivale a una sentencia absolutoria ni produce, por sí mismo, efectos de cosa juzgada.

La Corte Constitucional ha explicado que el archivo de las diligencias corresponde a un momento anterior del procedimiento penal, en el cual se verifica si existen los presupuestos objetivos mínimos que permitan caracterizar los hechos como delito.

¿En qué casos puede proceder el archivo de una investigación penal?

El archivo no puede utilizarse simplemente porque una investigación resulte difícil o porque todavía no se haya encontrado suficiente información para identificar a una persona.

La Fiscalía debe realizar una valoración jurídica y fáctica de la situación y determinar si existen los presupuestos necesarios para continuar con la investigación.

Entre los supuestos que pueden dar lugar al archivo se encuentran aquellos en los que:

  • Los hechos investigados no ocurrieron.
  • La conducta denunciada no reúne los elementos objetivos necesarios para ser considerada un delito.
  • No es posible establecer objetivamente la existencia de alguno de los elementos que integran el tipo penal.
  • Se presenta una imposibilidad fáctica o jurídica relacionada con los presupuestos objetivos de la conducta investigada.

La Fiscalía General de la Nación, mediante la Directiva 0002 del 29 de abril de 2025, estableció lineamientos específicos para el uso de las órdenes de archivo y señaló que estas decisiones deben estar precedidas por una investigación diligente, el análisis de la información disponible y el agotamiento de las actuaciones investigativas pertinentes y razonables.

Esto significa que cada caso debe estudiarse individualmente. No basta con afirmar que una persona es inocente o que la denuncia carece de fundamento: es necesario determinar jurídicamente si existen razones que permitan solicitar el archivo de las diligencias.

¿El archivo significa que la persona fue declarada inocente?

No.

Esta es una de las principales diferencias que deben tenerse en cuenta.

El archivo de las diligencias no constituye una sentencia y tampoco equivale a una declaración judicial de inocencia. Se trata de una decisión adoptada durante una etapa previa del proceso penal, cuando no se encuentran los presupuestos objetivos que permitan continuar con la actuación en los términos correspondientes.

La Corte Constitucional ha señalado que el archivo no es una preclusión, no constituye una aplicación del principio de oportunidad y tampoco implica una decisión con efectos de cosa juzgada.

Además, si aparecen nuevos elementos probatorios que permitan establecer la existencia de un delito o su posible caracterización, la investigación puede reanudarse mientras la acción penal no se haya extinguido.

Por eso, cuando una persona recibe información sobre el archivo de una investigación, es importante conocer exactamente qué decisión fue adoptada, cuál fue su fundamento y en qué estado se encontraba la actuación.

¿Cuál es la diferencia entre archivo y preclusión?

Aunque pueden parecer figuras similares, archivo y preclusión no son lo mismo.

El archivo se encuentra relacionado con la etapa de indagación y con la ausencia de presupuestos objetivos que permitan caracterizar los hechos como delito.

La preclusión, por su parte, es una figura diferente dentro del procedimiento penal y corresponde al juez de conocimiento, previa solicitud en los casos previstos por la ley.

La diferencia es especialmente importante porque la Fiscalía no puede utilizar el archivo para resolver asuntos que corresponden a una valoración posterior de la responsabilidad penal.

La jurisprudencia ha establecido que las discusiones relacionadas con aspectos subjetivos de la conducta, causales de ausencia de responsabilidad u otros asuntos que excedan la verificación de la tipicidad objetiva no deben resolverse mediante una orden de archivo.

Por ello, antes de solicitar el archivo de una investigación es fundamental determinar en qué etapa se encuentra la actuación y cuál es exactamente el problema jurídico que presenta el caso.

¿Puede solicitarse el archivo de una investigación penal?

Cuando existen fundamentos jurídicos para considerar que una investigación no reúne los presupuestos necesarios para continuar, es posible poner esa situación en conocimiento del fiscal mediante una solicitud debidamente sustentada.

Sin embargo, debe tenerse presente que el archivo no es un mecanismo automático.

La decisión corresponde a la Fiscalía dentro del marco de sus competencias y debe encontrarse debidamente motivada. La Corte Constitucional ha establecido que la orden de archivo debe explicar sus fundamentos y ser comunicada a quienes corresponda para garantizar el ejercicio de sus derechos.

Por esta razón, una solicitud de archivo debe partir de un análisis jurídico concreto de la investigación, y no simplemente de la inconformidad de una persona frente a una denuncia.

¿Qué analiza un abogado penalista antes de solicitar el archivo?

Antes de determinar si existe viabilidad para solicitar el archivo, un abogado penalista debe conocer las circunstancias concretas de la investigación.

Entre otros aspectos, resulta relevante analizar:

  • Los hechos que dieron origen a la noticia criminal.
  • El delito o delitos que podrían estar siendo investigados.
  • El estado actual de la actuación.
  • Los elementos materiales probatorios y la información legalmente obtenida que obren en la investigación y sean accesibles para la defensa.
  • Las actuaciones realizadas por la Fiscalía.
  • La existencia o ausencia de los elementos objetivos del tipo penal.
  • Las circunstancias jurídicas que podrían impedir la continuación de la actuación.
  • La existencia de posibles errores en la valoración jurídica de los hechos.
  • Si la Fiscalía ha cumplido con las actuaciones investigativas razonables y pertinentes.

La Directiva 0002 de 2025 establece que, antes de emitir una orden de archivo, los fiscales deben explorar las hipótesis investigativas pertinentes, adelantar las actividades necesarias y recaudar los elementos razonablemente disponibles relacionados con los hechos.

Esto demuestra que el análisis de una investigación penal no debe reducirse únicamente a revisar la existencia de una denuncia.

¿La Fiscalía puede archivar una investigación sin que exista una solicitud?

Sí.

El artículo 79 de la Ley 906 de 2004 faculta a la Fiscalía para disponer el archivo cuando se presenten los presupuestos establecidos por la norma.

Por lo tanto, el archivo no depende necesariamente de que el investigado o su abogado lo solicite.

No obstante, cuando una persona está siendo investigada y considera que existen razones jurídicas y fácticas que hacen procedente el archivo, contar con una defensa técnica permite analizar la actuación y plantear ante la Fiscalía los argumentos que correspondan al caso concreto.

En otras palabras, una persona no tiene que limitarse a esperar pasivamente el resultado de una investigación: dependiendo de las circunstancias, puede ser conveniente adoptar una estrategia de defensa desde la etapa de indagación.

¿Qué importancia tiene la Directiva 0002 de 2025 de la Fiscalía?

Este aspecto resulta especialmente relevante en la actualidad.

El 29 de abril de 2025, la Fiscalía General de la Nación expidió la Directiva 0002, mediante la cual estableció lineamientos generales para proferir órdenes de archivo en los procesos penales sometidos a la Ley 906 de 2004.

La Directiva señala que las órdenes de archivo no deben utilizarse simplemente como un mecanismo para disminuir la carga de trabajo de los fiscales. Por el contrario, deben estar respaldadas por un análisis riguroso y por el cumplimiento de los deberes de investigación.

También establece que la orden debe contar con una fundamentación fáctica, jurídica y probatoria clara, congruente y precisa.

Esto refuerza la importancia de que, cuando se pretenda solicitar el archivo de una investigación, exista un argumento jurídico serio y relacionado directamente con las circunstancias de la noticia criminal.

¿El archivo es definitivo?

No necesariamente.

Uno de los aspectos más importantes del archivo es que no produce efectos de cosa juzgada.

La Ley 906 de 2004 establece que, si aparecen nuevos elementos probatorios, la indagación puede reanudarse mientras no se haya extinguido la acción penal.

Por lo tanto, el archivo debe entenderse como una decisión que puede poner fin a la actuación investigativa en ese momento, pero que no necesariamente impide que la indagación vuelva a adelantarse si aparecen nuevos elementos que modifiquen la situación.

Esto también demuestra por qué es importante conservar y analizar adecuadamente la documentación relacionada con la investigación.

¿Qué puede hacer una persona que está siendo investigada penalmente?

Si una persona tiene conocimiento de que existe una investigación penal en su contra, lo recomendable es no esperar hasta que la situación avance para buscar asesoría jurídica.

Un abogado penalista puede estudiar las circunstancias del caso, determinar en qué etapa se encuentra la actuación y establecer cuál es la estrategia de defensa más adecuada.

En algunos casos podrá existir fundamento para solicitar el archivo de las diligencias; en otros, será necesario adoptar una estrategia diferente dependiendo de la naturaleza de los hechos y del estado de la investigación.

Por eso, no todas las investigaciones penales se pueden abordar de la misma manera.

¿Por qué es importante contar con un abogado penalista?

Una investigación penal puede tener consecuencias importantes incluso antes de que exista una imputación.

Una adecuada asesoría jurídica permite conocer el estado de la actuación, identificar los aspectos relevantes del caso y determinar qué actuaciones pueden adelantarse para proteger los derechos de la persona investigada.

En materia de archivo, además, es necesario diferenciar entre una simple afirmación de inocencia y la existencia de fundamentos jurídicos que permitan sostener que la investigación no reúne los presupuestos necesarios para continuar.

La jurisprudencia constitucional ha establecido que el archivo se relaciona con la verificación de la tipicidad objetiva, mientras que otros debates jurídicos corresponden a etapas y mecanismos diferentes dentro del proceso penal.

¿Está siendo investigado por la Fiscalía?

Una investigación penal requiere una estrategia de defensa adecuada desde sus primeras etapas.

En Villegas & Asociados, estudiamos las circunstancias particulares de cada caso para determinar el estado de la actuación, analizar los fundamentos jurídicos de la investigación y establecer si existen razones que permitan solicitar ante la Fiscalía el archivo de las diligencias.

Si usted ha sido denunciado o tiene conocimiento de una investigación penal en su contra, no espere a que el proceso avance para buscar asesoría jurídica.

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Nuestro equipo de abogados penalistas puede analizar su situación y determinar cuáles son las alternativas jurídicas disponibles de acuerdo con las circunstancias concretas de la investigación.

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